Art. 84.1 de la Ley 29/1998 reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa: La interposición de un recurso de apelación no impedirá la ejecución provisional de la sentencia recurrida. Las partes favorecidas por la sentencia podrán instar su ejecución provisional
El inspector de educación JESÚS GÓMEZ GÓMEZ, autoridad pública, ayudado por su abogada, la cuñada del jefe de estudios del IES J L Castillo Puche de Yecla, CLARA PÉREZ GARCÍA, se ha opuesto a la ejecución de una sentencia contencioso administrativa que anula por completo la sanción de 23 meses de suspensión de funciones que impuso a un profesor por la cara. Jesús Gómez piensa que todos los jueces son como el de Yecla, que se cree todo lo que cuenta su abogada. Pretende JESÚS HAMETE GÓMEZ que un juez no ejecute la sentencia que él mismo ha dictado, ¡será gilipollas este tío! Es evidente que JESÚS GÓMEZ está en un terreno que no conoce.
- el grave perjuicio que puede ocasionar a los alumnos, aunque es imposible que perjudique a los alumnos un profesor que ha sido sancionado por escribir frases como ésta: hecho a partir del cual (los supuestos abusos sexuales de un profesor hacia la hija del director del IES J. L. Castillo Puche de Yecla) el citado profesor permaneció de baja durante todo el curso escolar
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