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La juez titular del Juzgado de instrucción nº 2 de Yecla, PATRICIA NAVES SEIJO, ha desestimado la adopción de medidas cautelares contra este blog, consistentes en la supresión de determinadas entradas referentes a la hija del ex director del IES J. L. Castillo Puche, ANTONIO RODRÍGUEZ MAS. Dichas medidas fueron propuestas de forma conjunta por el inspector de "educación" (resulta irónica su profesión, pues de educado no tiene nada, aunque mucho de cobarde y sinvergüenza), JESÚS GÓMEZ GÓMEZ, el papá de la criatura y el ex jefe de estudios del mencionado instituto, EMILIO PINA CORONADO, a través de la célebre letrada yeclana, CLARA PÉREZ GARCÍA, del prestigioso bufete K & L LAWYERS.
Sin duda, el 2011 está siendo un año aciago para JESÚS GÓMEZ y su camarilla en el aspecto judicial.
Sin duda, el 2011 está siendo un año aciago para JESÚS GÓMEZ y su camarilla en el aspecto judicial.
En su auto de fecha 21 de septiembre de 2011, la magistrada ha dado una lección de imparcialidad y ha vapuleado magistralmente las pretensiones de los demandantes fundamentado su razonamiento, entre otras cosas, en que no éstos no han probado quién es el autor del blog, a no ser por meros indicios, como referencias a la mitología griega, lo que probaría que su autor es profesor de griego, y, sobre todo, en la ausencia del buen derecho.
En efecto, en su escrito, la célebre letrada yeclana, que consiguió la condena de un profesor por abusos sexuales sobre la hija del ex director, no especifica de forma clara la acción que va a ejercitar contra el demandado, ni siquiera pergeña las trazas mínimas de su futura prentensión, no ha descrito el suplico de su futura demanda, narra el auto. Es decir, lo que pretendía la letrada era la supresión del blog por su cara bonita, a lo que en modo alguno ha accedido la justicia. Clara Pérez García no pergeña su actuación, el pergeñador que la pergeñe, buen pergeñador será.
Además, añade la magistrada, la parte demandante está adelantando en una vía prematura y pre-procesal, el contenido de la futura sentencia, privándose a las medidas cautelares de su carácter netamente instrumental y convirtiendo a aquéllas en una anticipación de la sentencia de fondo [...], es decir, lo que pretenden los demandantes es adelantar el fallo decisorio a este momento inicial sin que ni siquiera se haya formulado aún demanda alguna.
Nos alegramos de que, al menos en esta ocasión, la justicia haya sido favorable a nuestros intereses. Por lo tanto, el ex director, su amiguete el inspector, el ex jefe de estudios y la abogada de ellos tendrán que seguir contemplando la foto de la hija del ex dire en este blog.
En efecto, en su escrito, la célebre letrada yeclana, que consiguió la condena de un profesor por abusos sexuales sobre la hija del ex director, no especifica de forma clara la acción que va a ejercitar contra el demandado, ni siquiera pergeña las trazas mínimas de su futura prentensión, no ha descrito el suplico de su futura demanda, narra el auto. Es decir, lo que pretendía la letrada era la supresión del blog por su cara bonita, a lo que en modo alguno ha accedido la justicia. Clara Pérez García no pergeña su actuación, el pergeñador que la pergeñe, buen pergeñador será.
Además, añade la magistrada, la parte demandante está adelantando en una vía prematura y pre-procesal, el contenido de la futura sentencia, privándose a las medidas cautelares de su carácter netamente instrumental y convirtiendo a aquéllas en una anticipación de la sentencia de fondo [...], es decir, lo que pretenden los demandantes es adelantar el fallo decisorio a este momento inicial sin que ni siquiera se haya formulado aún demanda alguna.
Nos alegramos de que, al menos en esta ocasión, la justicia haya sido favorable a nuestros intereses. Por lo tanto, el ex director, su amiguete el inspector, el ex jefe de estudios y la abogada de ellos tendrán que seguir contemplando la foto de la hija del ex dire en este blog.
QUEREMOS ACLARAR QUE LAS FOTOS DE EFIGENIA QUE SE HALLAN EN ESTE BLOG HAN SIDO PUBLICADAS POR ELLA MISMA EN LA WEB DE CONTACTOS badoo.com. SI LA NENA NO HUBIERA MOSTRADO SUS FOTOS EN LAS REDES SOCIALES, NADA DE ESTO HUBIERA PASADO. NO EXISTE INTROMISIÓN ILEGÍTIMA EN SU INTIMIDAD, DESDE EL MOMENTO EN QUE ES CIERTO QUE HA HABIDO UN JUICIO PÚBLICO EN EL QUE SE HA CONDENADO A UN PROFESOR POR ESTOS HECHOS.
El auto, que impone las costas a la parte demandante, no es firme y podrá recurrirse en el plazo de CINCO DÍAS desde su notificación. Es presumible que el ex director recurrirá, volverá a perder y tendrá que pagar las costas de todo el procedimiento.
¡LO SENTIMOS, PICHA, TÓ ER MUNDO NO PUEDE SER DE CÁI!
LAS COSAS NO SIEMPRE SALEN COMO A UNO LE GUSTARÍA QUE SALIERAN
ΠΡΑΓΜΑΤΑ ΟΥΚ ΑΕΙ ΥΠΑΡΧΟ ΩΣ ΑΝ ΤΙΣ ΒΟΥΛΙΟΤΟ ΥΠΑΡΞΑΣΘΑΙ
RES NON SEMPER FIUNT UT QUISQUIS FIERI VELLET
LAS COSAS NO SIEMPRE SALEN COMO A UNO LE GUSTARÍA QUE SALIERAN
ΠΡΑΓΜΑΤΑ ΟΥΚ ΑΕΙ ΥΠΑΡΧΟ ΩΣ ΑΝ ΤΙΣ ΒΟΥΛΙΟΤΟ ΥΠΑΡΞΑΣΘΑΙ
RES NON SEMPER FIUNT UT QUISQUIS FIERI VELLET

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