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ESTE BLOG NACE COMO RESPUESTA AL CLIMA DE ACOSO LABORAL EJERCIDO CONTRA LOS PROFESORES POR EL INSPECTOR DE EDUCACIÓN JESÚS GÓMEZ GÓMEZ Y EL DIRECTOR DEL IES CASTILLO PUCHE DE YECLA, ANTONIO RODRÍGUEZ MAS, EN COLABORACIÓN CON EL DIRECTOR DEL IES AZORÍN, PARA EXPULSAR A UN PROFESOR DE SU PUESTO DE TRABAJO Y ENCHUFAR AL HIJO DE UNA PROFESORA JUBILADA, ADRIANO MUÑOZ PASCUAL. POR TANTO, ESTE BLOG NACE COMO DEFENSA ANTE LAS AGRESIONES SUFRIDAS POR EL PROFESORADO DE YECLA, NO SE TRATA DE UN ATAQUE GRATUITO AL HONOR DE CIERTAS PERSONAS.
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martes

NUEVA CHAPUZA EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

El diccionario de la RAE define el término chapuza, del francés chapuis, o algo así, como obra hecha sin arte ni esmero. Son muchas las chapuzas que vemos a nuestro alrededor al cabo del día. Pero las peores son las chapuzas de la Administración pública desconocidas por los ciudadanos, que emiten su voto sin conocer el perjuicio que les ocasiona. Para combatir esta falta de información está la prensa, el cuarto poder, aunque el diario La Opinión ya no se compra en los institutos de Yecla, pues está censurada la lectura de la sección Cartas a la directora por las noticias que contiene sobre las actuaciones de la Consejería de Educación contrarias a la ley:
Con fecha 4 de agosto de 2009, el Jefe de la Sección de Nóminas modifica mi nómina de mayo para fingir el ingreso de unas cantidades indebidas que ahora me reclama el Director General de Recursos Humanos, el mismo que acepta documentos falsificados por el director del IES J. L. Castillo Puche de Yecla, como respuesta a mi solicitud del pago de la prórroga de los meses de verano que el funcionario tiene derecho a percibir en proporción al tiempo trabajado durante el curso escolar.
Peor aún ha sido el concepto de la situación administrativa de suspensión provisional de funciones que la Consejería de Educación aplica a sus funcionarios siguiendo la legislación del franquismo, hoy derogada casi en su totalidad. En efecto, el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia de 2001 reproduce en gran medida la de Funcionarios Civiles del Estado de 1964 y no se ha actualizado conforme al Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, quizás porque ha sido aprobado por el gobierno socialista de Zapatero y el gobierno regional es de diferente signo político. Esto sí que es rebeldía institucional.
Dice la ley franquista de 1964 que el funcionario suspendido provisionalmente de funciones no tiene derecho a retribuciones por incomparecencia o rebeldía. Pues ya está, sólo basta probar la incomparecencia del funcionario para suspenderlo por el tiempo máximo que permite la ley sin derecho a retribuciones: seis meses. Para ello, el prestigioso profesor de universidad, convertido ahora en inspector de educación, ALFONSO GÓMEZ ALBALADEJO, siguiendo las instrucciones del inspector del Altiplano, JESÚS GÓMEZ GÓMEZ, envía una serie de notificaciones al Director del IES José Martínez Ruiz “Azorín” de Yecla para que me las entregue en lugar de dirigirlas a mí por correo, como debería hacerlo. Si me niego a firmarlas, el director del instituto levanta acta en la que firman como testigos los dos jefes de estudio del 2º ciclo de enseñanza secundaria, quienes son cómplices de un delito de prevaricación. Esto es una prueba de rebeldía. Por otra parte, si me niego a comparecer ante el inspector Alfonso Gómez Albaladejo, éste levanta acta en la que firma como testigo el director del IES Azorín, al que previamente le ha ordenado no contactar conmigo para que la incomparecencia tenga los efectos deseados: suspender provisionalmente al funcionario sin derecho a retribuciones, haciendo uso de la legislación franquista hoy derogada, pues al parecer el Secretario General de la Consejería, JOSÉ DANIEL MARTÍN GONZÁLEZ, aún no se ha enterado de que Franco ha muerto y vivimos en democracia.
Al conocer la existencia de esta vacante, fue notoria la presencia en el instituto de una profesora jubilada cuyo hijo había sido enchufado allí el curso pasado vulnerando los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que deben presidir el acceso a la función pública. Con éste, el director mantenía una relación paternalista tan intensa que nadie podía acercarse a él a darle un consejo sobre su actuación.

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